MINUTA EXPLICATIVA: EDUCACIÓN EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN

Aquí un informe del Directorio Nacional del gremio docente sobre lo incluido en Educación en la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, que será plebiscitada el próximo 4 de septiembre de 2022.

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ESTOS SON LOS ARTÍCULOS SOBRE EDUCACIÓN EN LA PROPUESTA DE NUEVA CONSTITUCIÓN

En el documento oficial entregado por la Convención Constitucional a la ciudadanía, nueve artículos definitivos establecen normas relacionadas directamente con Educación, que van desde el artículo 35 al 43, donde se instituyen las nuevas normas sobre Educación que se aplicarán en el país si se aprueba la Nueva Constitución. Además, dos normas transitorias se refieren también a Educación. Aquí, todos los artículos al respecto.


Artículo 35
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación es un deber primordial e ineludible del Estado.

2. La educación es un proceso de formación y aprendizaje permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país.

3. Sus fines son la construcción del bien común, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, la convivencia democrática entre los pueblos, la prevención de la violencia y discriminación, así como la adquisición de conocimientos, el pensamiento crítico, la capacidad creadora y el desarrollo integral de las personas, considerando sus dimensiones cognitiva, física, social y emocional.

4. La educación se rige por los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género, pluralismo y los demás principios consagrados en esta Constitución. Tiene un carácter no sexista y se desarrolla de forma contextualizada, considerando la pertinencia territorial, cultural y lingüística.

5. La educación se orienta hacia la calidad, entendida como el cumplimiento de sus fines y principios.

6. La ley establecerá la forma en que estos fines y principios deberán materializarse, en condiciones de equidad, en las instituciones educativas y en los procesos de enseñanza.

7. La educación es de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media inclusive.

 

Artículo 36
1. El Sistema Nacional de Educación está integrado por los establecimientos y las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado. Se articula bajo el principio de colaboración y tiene como centro la experiencia de aprendizaje de las y los estudiantes.

2. El Estado ejerce labores de coordinación, regulación, mejoramiento y supervigilancia del Sistema. La ley determinará los requisitos para el reconocimiento oficial de estos establecimientos e instituciones.

3. Los establecimientos y las instituciones que lo conforman están sujetos al régimen común que fije la ley, son de carácter democrático, no podrán discriminar en su acceso, se rigen por los fines y principios de este derecho y tienen prohibida toda forma de lucro.

4. El Sistema Nacional de Educación promueve la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país.

5. La Constitución reconoce la autonomía de los pueblos y naciones indígenas para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y cultura, respetando los fines y principios de la educación, y dentro de los marcos del Sistema Nacional de Educación establecidos por la ley.

6. El Estado brindará oportunidades y apoyos adicionales a personas con discapacidad y en riesgo de exclusión.

7. La educación pública constituye el eje estratégico del Sistema Nacional de Educación; su ampliación y fortalecimiento es un deber primordial del Estado, para lo cual articulará, gestionará y financiará un Sistema de Educación Pública de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas.

8. El Estado debe financiar este Sistema de forma permanente, directa, pertinente y suficiente a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación.

 

Artículo 37
1. El Sistema de Educación Superior estará conformado por las universidades, los institutos profesionales, los centros de formación técnica, las academias creadas o reconocidas por el Estado y las escuelas de formación de las policías y las Fuerzas Armadas. Estas instituciones considerarán las necesidades comunales, regionales y nacionales. Tienen prohibida toda forma de lucro.

2. Las instituciones de educación superior tienen la misión de enseñar, producir y socializar el conocimiento. La Constitución protege la libertad de cátedra, la investigación y la libre discusión de las ideas de las académicas y los académicos de las universidades creadas o reconocidas por el Estado.

3. Las instituciones de educación superior del Estado forman parte del Sistema de Educación Pública y su financiamiento se sujetará a lo dispuesto por esta Constitución, debiendo garantizar el cumplimiento íntegro de sus funciones de docencia, investigación y colaboración con la sociedad.

4. En cada región existirá, al menos, una universidad estatal y una institución de formación técnico profesional de nivel superior estatal. Estas se relacionarán de manera coordinada y preferente con las entidades territoriales y servicios públicos con presencia regional, de acuerdo con las necesidades locales.

5. El Estado velará por el acceso a la educación superior de todas las personas que cumplan los requisitos establecidos por la ley. El ingreso, permanencia y promoción de quienes estudien en la educación superior se regirá por los principios de equidad e inclusión, con particular atención a los grupos históricamente excluidos y de especial protección, prohibiéndose cualquier tipo de discriminación.

6. Los estudios de educación superior conducentes a títulos y grados académicos iniciales serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley.

 

Artículo 38
Es deber del Estado promover el derecho a la educación permanente a través de oportunidades formativas múltiples, dentro y fuera del Sistema Nacional de Educación, fomentando diversos espacios de desarrollo y aprendizaje integral para todas las personas.

 

Artículo 39
El Estado garantiza una educación ambiental que fortalezca la preservación, la conservación y los cuidados requeridos respecto al medioambiente y la naturaleza, y que permita formar conciencia ecológica.

 

Artículo 40
Toda persona tiene derecho a recibir una educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexoafectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género, y que prevenga la violencia de género y sexual.

 

Artículo 41
1. Se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla.

2. Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

3. Las y los profesores y educadores son titulares de la libertad de cátedra en el ejercicio de sus funciones, en el marco de los fines y principios de la educación.

 

Artículo 42

Quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo y en las decisiones de cada establecimiento, así como en el diseño, la implementación y la evaluación de la política educacional local y nacional. La ley especificará las condiciones, los órganos y los procedimientos que aseguren su participación vinculante.

 

Artículo 43

1. La Constitución reconoce el rol fundamental de las profesoras y los profesores, valora y fomenta la contribución de educadoras, educadores, asistentes de la educación y educadores tradicionales. En su conjunto, son agentes claves para la garantía del derecho a la educación.

2. El Estado garantiza el desarrollo del quehacer pedagógico y educativo de quienes trabajen en establecimientos e instituciones que reciban fondos públicos. Dicha garantía incluye la formación inicial y continua, su ejercicio reflexivo y colaborativo y la investigación pedagógica, en coherencia con los principios y fines de la educación. Asimismo, protege la estabilidad en el ejercicio de sus funciones asegurando condiciones laborales óptimas y resguardando su autonomía profesional.

3. Las trabajadoras y los trabajadores de educación parvularia, básica y media que se desempeñen en establecimientos que reciban recursos del Estado gozarán de los mismos derechos que contemple la ley.

 

NORMAS TRANSITORIAS

Vigesimoséptima

1. El Presidente de la República deberá presentar proyectos de ley que tengan por objeto la creación, adecuación e implementación de los siguientes sistemas: Sistema de Seguridad Social y Sistema de Cuidados, en el plazo de doce meses; Sistema Nacional de Salud, en el plazo de dieciocho meses; y Sistema Nacional de Educación, Sistema de Educación Pública y Sistema Integrado de Suelos Públicos, en veinticuatro meses. Los plazos antes señalados se contarán a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución.

2. El Poder Legislativo deberá concluir la tramitación de estos proyectos en un plazo no superior a veinticuatro meses contados desde la fecha de su presentación

 

Trigésima primera

1. La ley que crea el Sistema Nacional de Educación deberá contemplar la regulación del financiamiento basal de las instituciones que forman parte del Sistema de Educación Pública y el financiamiento de aquellas instituciones que cumplan con los requisitos que establezca la ley y sean parte del Sistema Nacional de Educación, según lo dispuesto en el artículo 36 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías. Asimismo, deberá regular el financiamiento progresivo de la gratuidad de la educación superior, según lo dispuesto en el artículo 37 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías.

2. La ley que crea el Sistema Nacional de Educación deberá garantizar la participación de las comunidades educativas en el proceso de adecuación del sistema educativo, según lo dispuesto en los artículos 42 y 43 del capítulo de Derechos Fundamentales y Garantías.


Puede ver la Propuesta de Nueva Constitución, íntegra, en: https://www.colegiodeprofesores.cl/2022/07/04/documento-oficial-propuesta-de-constitucion-politica-de-la-republica-de-chile-2022/

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EDUCACIÓN EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN

Análisis explicativo elaborado por el Directorio Nacional del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile a la normativa educativa incluida en la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, presentada al país el 4 de julio de 2022

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[DOCUMENTO OFICIAL] PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE 2022

Aquí, el documento oficial entregado por la Convención Constitucional al pueblo de Chile con la propuesta definitiva, ordenada y sistematizada de Nueva Constitución Política de la República.

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Fuente: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/07/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf

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MAGISTERIO ENTREGÓ PETITORIO 2022 AL MINISTRO DE EDUCACIÓN

Pasadas las 19:00 horas llegó hasta la sede nacional del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile el ministro de Educación Marco Antonio Ávila, para recibir de manos del directorio nacional y  el presidente del Magisterio Carlos Díaz Marchant el Petitorio 2022 con las demandas históricas, además de aquellas demandas urgentes que ya fueron conversadas en los primeros encuentros con el ministro en marzo, y también demandas emergentes que hoy representan una gran preocupación y agobio para el gremio docente. El encuentro  estuvo marcado por una extensa jornada de más de dos horas de conversación, donde fueron tratados cada uno de los puntos expresados en el Petitorio 2022.

El presidente del Colegio de Profesoras y Profesoras de Chile, Carlos Díaz Marchant manifestó que «Hemos tenido una larga reunión, más de dos horas y media, donde hemos entregado al ministro de Educación el petitorio 2022 que contiene nuestras demandas más sentidas como profesoras y profesores, dando lectura a cada uno de estos temas con el ministro. Nuestro petitorio contiene demandas muy sentidas, algunas históricas que provienen desde el año 2019, están planteados también los temas urgentes que le expresamos al ministerio en marzo de este año. Todo lo vetado por Sebastián Piñera también está contenido y también hay demandas emergentes que hoy están agobiando al profesorado nacional, pero por sobre todo quiero resaltar que dentro de nuestro petitorio está la esperanza de avanzar hacia un nuevo modelo educativo y eso significa revisar todo lo que hoy tenemos respecto de políticas educativas en nuestro país, así es que nos vamos contentos.

Por su parte, el ministro de Educación, Marcos Antonio Ávila expresó que «primero quiero saludar a las y los profesores de nuestro país y también decirles que me es muy grato cumplir con una tradición democrática, yo al igual que otros ministros y ministras anteriormente que han venido a visitar la sede del Colegio de Profesores Nacional, a reunirse con su directorio para conocer de primera fuente y en su casa cuáles son las principales demandas y requerimientos. Nuestro gobierno es un gobierno que viene de la movilización social y por tanto, hay muchos elementos que están en este petitorio que son parte también de nuestro programa de gobierno, Vamos a avanzar con diálogo, en algunas cosas estaremos de acuerdo, en otras tendremos que ponernos de acuerdo y en otras también podemos tener posibilidad de disentir. Creemos firmemente en el diálogo y sabemos que la conversación permanente, la cultura del diálogo es la que tiene que darse en nuestro país, es la invitación que hemos hecho a las estudiantes a los profesores y a las comunidades en general. Ha sido una reunión muy grata, larga como señala el presidente, pero que esperamos que sea un largo camino de trabajo en conjunto para los próximos años».

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MAGISTERIO PIDE A MINISTRO DE EDUCACIÓN LEY QUE PERMITA SUSPENDER EVALUACIÓN DOCENTE DURANTE 2022

El presidente del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, Carlos Díaz Marchant, junto a los integrantes del Directorio Nacional Paulina Cartagena Vidal, Eduardo González y Carlos Ojeda Murillo, llegaron hoy hasta el Ministerio de Educación para ingresar la petición de mitigar el agobio laboral de las y los docentes del país, oficializando la voluntariedad de la Evaluación Docente durante el 2022.

En la misiva se reflexionó sobre el retorno a clases presencial después de dos años de protocolos por cuarentena que impactó en la salud mental de las comunidades educativas y en el abandono de los establecimientos educacionales. Al respecto el presidente del Magisterio explicó que «Estamos pidiendo al ministro Ávila que prontamente envíe un Proyecto de Ley que signifique la suspensión de la Evaluación Docente. Nos parece fundamental dadas las condiciones en las cuales se ha trabajado y se ha iniciado el proceso escolar y con los problemas serios que tenemos a nivel nacional en infraestructura, con los problemas serios que tenemos de violencia, con los problemas serios de implementación de este retorno a la presencialidad, nos parece urgente que se termine con el agobio laboral que produce la Evaluación Docente».

El presidente del Gremio agregó que están pidiendo que este Proyecto de Ley se concrete a la brevedad, esperando que sea durante el transcurso de mayo, y así contar con los plazos oficiales que permitan suspender el proceso durante el año en curso. Carlos Díaz Marchant aclaró que existe la disposición que el proceso pueda ser voluntario, para que las y los docentes tomen la decisión que estimen pertinente, sin embargo recalcó que la Evaluación Docente amerita una reflexión más profunda para avanzar hacia un nuevo modelo educativo.

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CARTA ABIERTA A CONVENCIONALES CONSTITUYENTES: QUE EL ESTADO TENGA UN TRATO PRIMORDIAL CON LA EDUCACIÓN PÚBLICA

«El problema educativo actual es el desmantelamiento de la educación pública por parte de las políticas neoliberales de ahí que, el principal desafío de la nueva constitución, sea romper la igualdad de trato entre lo privado y público estableciendo claramente un trato primordial, ineludible e indelegable del Estado respecto a esta última y fijar en ese marco, el rol cooperador del sector privado tal como ocurrió en más de 150 años de la vida republicana y que solo la dictadura militar rompió», plantea la misiva firmada por el Colegio de Profesoras y Profesores de Chile y decenas de organizaciones educativas del país.

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CONFIRMADO: SE PUEDE ACORTAR LA JORNADA ESCOLAR COMPLETA

El Ministerio de Educación emitió una Resolución Exenta que confirma que los Consejos Escolares de cada establecimiento pueden adoptar la flexibilización de la Jornada Escolar Completa. Aquí el documento oficial con el procedimiento para llevar a cabo la medida.

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MAGISTERIO RESPONDE AL MINISTRO DE EDUCACIÓN: URGE IMPLEMENTAR AFOROS PARA UNA PRESENCIALIDAD SEGURA

El presidente del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile, Carlos Díaz Marchant, junto a los dirigentes del Directorio Nacional Habnel Castillo y Carlos Ojeda, reafirmaron hoy la urgente necesidad de implementar los aforos en todos los establecimientos educacionales del país, independiente del porcentaje de vacunación que tengan las comunidades escolares, para poder continuar con una segura y constante presencialidad en las aulas. Asimismo, insistió en solicitar un Seguro COVID para las y los trabajadores de la Educación, considerando los brotes de nuevas cepas, y previniendo futuros contagios masivos.

De esta forma, el máximo representante del magisterio respondió al ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, quien el día de ayer dio a conocer las medidas para el manejo de la pandemia en los establecimientos educacionales. La petición formal se hizo a través de una carta que fue ingresada al Ministerio, destacando en la misiva que estas peticiones son una demanda mínima para poder garantizar la salud y la vida de quienes deben asistir día a día a las escuelas y liceos de todo el país.

El presidente del gremio valoró los avances que se aprecian en los anuncios que realizaron las autoridades de gobierno frente a las diversas peticiones realizadas por el Magisterio y, respecto de la reducción de la jornada escolar, agregó que “hoy día es materia que debe definir el Consejo Escolar, no el sostenedor, no el Director o la Directora, sino que el Consejo Escolar de cada establecimiento educacional y eso nos parece muy importante y necesario”, además destacó el anuncio sobre la llegada de recursos frescos, los que ajuicio del dirigente debieran ser destinados a insumos que permitan enfrentar una presencialidad segura y duradera.

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MAGISTERIO PRESENTÓ AL MINISTRO DE EDUCACIÓN CATASTRO DE CASOS COVID POSITIVOS EN ESCUELAS DEL PAÍS

En el marco de la primera reunión oficial entre el nuevo titular de Educación, Marco Antonio Ávila, y el Directorio Nacional del Colegio de Profesoras y Profesores, el gremio docente entregó un informe con cientos de casos de contagios producidos en establecimientos escolares desde que retornaron las clases presenciales. El profesorado llama a la autoridad a modificar los protocolos con urgencia.

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