Katherine Rozas, profesora, abogada y Encargada del Departamento Jurídico del Regional Metropolitano del Colegio de Profesoras y Profesores, alegó hoy ante el Tribunal Constitucional en la causa 12625-21, que busca la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de algunos preceptos de la Ley 20.158 que actualmente impiden el pago de la mención a educadoras diferenciales. La acción judicial se enmarca en las múltiples iniciativas que desarrolla el gremio docente para lograr el pago de esta mención, que está incluida en el Petitorio Docente 2022.
La causa tiene su origen en una demanda de tutela laboral iniciada por 22 profesoras y profesores diferenciales de la comuna de Renca, quienes recurrieron al Tribunal del Trabajo para lograr el pago de la mención y que ha sido tramitada desde su origen por la abogada Rozas en su calidad de docente, letrada y dirigente del Magisterio. La evolución del juicio llevó a que fuera conocido por el Tribunal Constitucional, en tanto se alega que algunas normas de la Ley 20.158 afectan el derecho constitucional a la igualdad ante la ley de las y los educadores diferenciales, pues les impiden acceder al 100% del Bono de Reconocimiento Profesional al desconocer su mención, cuyo pago es el 25% de dicho bono.
«Valoramos el alegato que realizó hoy la colega Katherine Rozas ante el Tribunal Constitucional, pues defendió con sólidos argumentos jurídicos el derecho de las profesoras y profesores diferenciales a recibir el 100% del BRP y, con ello, recibir el pago de su mención como educadoras diferenciales. Valoramos especialmente la gestión de la colega, que tomó personalmente el caso, involucrándose en la lucha de las profesoras diferenciales no solo como docente y dirigente del gremio sino que también como abogada, que es su otra profesión», afirmó Carlos Díaz Marchant, Presidente del Magisterio.
«El alegato de hoy ante el TC es una más de las múltiples acciones que realizamos como gremio para conseguir el pago de la mención a las educadoras diferenciales, demanda que es parte de nuestro Petitorio Docente 2022 y por la cual el Magisterio se ha movilizado y se seguirá movilizando hasta lograr justicia al respecto, porque vemos, además, un claro sesgo machista y discriminatorio en la situación que afecta a las educadoras diferenciales, que son colegas en su inmensa mayoría mujeres dedicadas al trabajo con los sectores más vulnerables de la población, y justo a ellas no se les paga la mención, lo que es inaceptable», concluyó el líder del Colegio de Profesoras y Profesores.
https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/Vista-de-causa-Rol-N°-12.625-21-19-07-2022_Moment.jpg7201280agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-19 19:12:052022-07-19 19:15:38MAGISTERIO ALEGÓ ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR PAGO DE MENCIÓN DE EDUCADORAS DIFERENCIALES
En la primera votación de la iniciativa legal que suspende la Evaluación Docente 2022-2023, agiliza recursos para el Bono de Retiro, paga cotizaciones previsionales pendientes y posterga la puesta en marcha de seis SLEP, el proyecto de ley recibió el respaldo de todos los sectores políticos. El Magisterio espera una rápida y favorable tramitación.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/IMG_8803-1024x683-1.jpg6831024agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-19 17:10:392022-07-19 17:41:15COMISIÓN DE EDUCACIÓN DE LA CÁMARA APROBÓ POR UNANIMIDAD LEY MISCELÁNEA 2022
Carlos Díaz Marchant informa que el gremio docente le pidió directamente al Subsecretario de Educación mantener la flexibilización de la Jornada Escolar Completa durante el segundo semestre, pues la medida ha beneficiado la adaptación a la presencialidad de miles de comunidades educativas que hicieron uso de ella.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/MAGISTERIO-SOLICITO-MANTENER-FLEXIBILIZACION-DE-LA-JORNADA-ESCOLAR-COMPLETA_Moment.jpg10801920agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-19 16:33:132022-07-19 16:33:13MAGISTERIO SOLICITÓ MANTENER FLEXIBILIZACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR COMPLETA
Aquí un cuadro comparativo sobre Educación entre la actual Constitución Política de la República, vigente, y la Propuesta de Nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional, que se plebiscitará el 4 de septiembre de 2022.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/Captura-de-Pantalla-2022-08-05-a-las-15.18.31.png145703agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-19 09:24:342022-08-05 15:19:01CUADRO COMPARATIVO ENTRE CONSTITUCIONES: EDUCACIÓN
Hace décadas la sociedad chilena demanda el fortalecimiento de la Educación Pública, debilitada por las políticas neoliberales impuestas en Dictadura a través de la Constitución de 1980, carta magna que rompió con la tradición histórica del país en materia de derecho a la Educación.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/Captura-de-Pantalla-2022-07-18-a-las-22.12.30.png6371132agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-18 22:13:482022-07-18 22:13:48CONOCIENDO NUESTRA NUEVA CONSTITUCIÓN: FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA
La presidenta del Sindicato de Profesores y Profesionales de la Educación de Antofagasta, Ivette Gareca Flores, calificó como un tremendo avance y una clara señal de respaldo ante el trabajo sindical que realizan las y los dirigentes al asumir la defensa de los derechos laborales, la resolución emitida por la Inspección del Trabajo donde se estableció una afectación a la libertad sindical y se concluye que hubo prácticas antisindicales por parte de la jefa de Recursos Humanos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta (CMDS), según consta en el texto oficial.
La presidenta del Sindicato, Ivette Gareca Flores manifestó que «La resolución de este fallo ratifica lo que hemos venido denunciando desde hace mucho tiempo, que la Corporación no ha sido capaz de asumir que tienen estas prácticas antisindicales, que ha iniciado persecuciones hacia quienes levantamos la voz, que estamos realizando un trabajo por quienes representamos y llevamos las demandas de los y las trabajadoras. Este fallo nos demuestra hoy que vamos por un buen camino y que finalmente tendremos un buen resultado frente a este injusto proceso que nos ha tocado vivir».
El informe emitido por la inspección del trabajo, deja constancia de la práctica antisindical que dicen relación a conductas ejercidas por la jefa de Recursos Humanos de la Corporación Municipal, Catalina Bravo, quien ordenó el desafuero para poder despedirla y separarla de sus funciones, luego que la dirigenta sindical denunciara públicamente que la infraestructura de los establecimientos educacionales no cumplían con las condiciones mínimas de seguridad para poder ejercer la labor docente. La dirigente sindical, Ivette Gareca Flores informó que si bien hay un fallo favorable, la lucha por la reivindicación de la actividad sindical continúa, debido que aún debe enfrentar la demanda por desafuero que se encuentra en el Tribunal laboral, cuya primera audiencia podría ser en el mes de agosto.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/WhatsApp-Image-2022-07-15-at-1.00.08-PM.jpeg475720agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-18 21:39:562022-07-18 21:39:56ANTOFAGASTA: SE ACREDITAN PRÁCTICAS ANTISINDICALES POR PARTE DE CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL
Los dirigentes nacionales Carlos Díaz Marchant y Carlos Ojeda, junto a la Diputada Mónica Arce, llegaron hasta la sede central de la Contraloría General de la República para entrevistarse con Jorge Bermúdez, máxima autoridad fiscalizadora del país. En la cita se abordó la situación de un dirigente del profesorado despedido violando su titularidad y fuero gremial, la demora en la restitución de asignaciones incorrectamente descontadas producto de la Circular 302 del CPEIP y la tardanza de años en el pago del Bono de Retiro.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/WhatsApp-Image-2022-07-18-at-9.02.31-PM.jpeg12001600agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-18 21:34:322022-07-18 21:34:32MAGISTERIO SE REUNIÓ CON EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA POR INCUMPLIMIENTO DE FUERO GREMIAL
El Departamento de Educación y Perfeccionamiento (DEP) del Colegio de Profesoras y Profesores de Chile extiende el plazo hasta el próximo lunes 25 de julio para que las y los docentes interesados a lo largo de todo Chile puedan responder la encuesta de validación del sondeo sobre violencias en la escuela. Se trata de una herramienta de investigación social diseñada por el DEP, titulada «Docentes ante las violencias», que ha sido pensada para respuestas anónimas, con el objeto de resguardar a las y los profesores ante eventuales represalias en su contra.
La participación docente es fundamental para este instrumento, pues su diseño e implementación apuntan a la investigación y el acompañamiento de profesoras y profesores ante las diversas formas de violencia que perciben en sus lugares de trabajo. La elaboración de este material de investigación inédito de parte del DEP, ha recibido la colaboración de la Universidad de Chile, a través de su Programa de Equipos en Psicología, Educación y Sociedad (EPE).
Recordemos que cualquier profesor y profesora puede responder esta encuesta, independiente de si está colegiado o no. Ingresa al formulario para responder la encuesta en línea aquí.
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https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/encuesta-online.jpg6001200agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-18 16:06:232022-07-18 16:06:23SE EXTIENDE PLAZO PARA CONTESTAR ENCUESTA DE VALIDACIÓN SOBRE VIOLENCIAS EN LA ESCUELA
El Proyecto de Ley Miscelánea de Educación 2022 sigue su tramitación legislativa y este martes será votado en general por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputadas y Diputados, instancia que escuchó a múltiples actores educativos previo a pronunciarse sobre la iniciativa. La propuesta de ley incluye varias demandas del profesorado, como la suspensión de la Evaluación Docente, la agilización de recursos para pagar el Bono de Retiro, la postergación de la puesta en marcha de seis SLEP y el pago de deudas previsionales a docentes, por lo que el Colegio de Profesoras y Profesores espera una rápida y favorable tramitación en el Congreso. El Gobierno le otorgó Suma Urgencia a la iniciativa, para acelerar su tramitación.
https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/IMG_8800-1024x683-1.jpg6831024agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-18 11:38:422022-07-18 11:38:42ESTE MARTES 19 SE VOTARÁ LA LEY MISCELÁNEA 2022 EN LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DE LA CÁMARA
La educación fue abordada en una serie de normas del capítulo 2 sobre derechos fundamentales y garantías. En estos artículos emergen una serie de nuevos principios ausentes en la actual Constitución, como -por ejemplo- la consagración de un sistema de educación pública. En UChile Constituyente te explicamos algunos de los principales contenidos sobre este tema presentes en la propuesta de texto constitucional que se someterá a plebiscito el próximo 4 de septiembre.
1- Sistema de Educación
El artículo 36 de la propuesta de nueva Constitución, en su capítulo de Derechos Fundamentales, consagra 8 incisos sobre la estructura y funcionamiento del sistema de educación. La norma comienza aludiendo a su definición: “El Sistema Nacional de Educación está integrado por los establecimientos y las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado. Se articula bajo el principio de colaboración y tiene como centro la experiencia de aprendizaje de las y los estudiantes”.
Junto con ello, también se detallan diversos principios, los cuales deben estar presentes dentro de este sistema, fortaleciendo elementos como Sistema Nacional de diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales, como también la autonomía de los pueblos y naciones indígenas para desarrollar sus propios establecimientos, dentro del marco de la ley que regule el sistema. También, plantea que los establecimientos no podrán discriminar en su acceso, prohibiéndose, además, y tal como ocurre hoy, toda forma de lucro. Así también, se define que “El Estado brindará oportunidades y apoyos adicionales a personas con discapacidad y en riesgo de exclusión”.
2- Educación Pública
Dentro del mismo artículo 36, en su último inciso, se alude directamente al rol de la educación pública y estatal, a través de elementos que definen un Estado más activo y articulador de un sistema de educación pública. “El Estado deberá articular, gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas. La educación pública constituye el eje estratégico del Sistema Nacional de Educación; su ampliación y fortalecimiento es un deber primordial del Estado”, afirma la norma. A esto se agrega, además, el rol que le compete (al Estado) de financiar este sistema: “El Estado deberá financiar este Sistema de forma permanente, directa, pertinente y suficiente, a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación”, se indica.
El académico de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile y experto en temas educacionales, Jesús Redondo, explica que este artículo genera un cambio epistémico en materia de educación. “Hay muchos cambios respecto a la educación. Deja de ser un mero servicio público privatizado y se convierte en un auténtico derecho social. El Estado asume sus obligaciones con el derecho a la educación”.
3- Libertad de enseñanza
El artículo 41, en tanto, se refiere exclusivamente a la libertad de enseñanza, derecho consagrado en la gran mayoría de las constituciones del mundo, incluyendo la que rige al país actualmente. La norma se divide en tres incisos que definen esta libertad como un derecho fundamental. “La Constitución garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla. Esta comprende la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes”.
Junto con ello, el mismo articulado consagra el derecho a cátedra de las y los profesores: “Las y los profesores y educadores son titulares de la libertad de cátedra en el ejercicio de sus funciones, en el marco de los fines y principios de la educación”, dice el articulado.
La novedad que trae esta norma es que esta libertad debe respetar el interés se los educandos, principio que no estaba consagrado en el actual texto constitucional.
4- Educación Superior
El artículo 37 se refiere expresamente al funcionamiento y desarrollo de la educación superior, partiendo por elemento nuevo: la consagración constitucional del principio de gratuidad para los estudiantes de universidades estatales y aquellas privadas que determine la ley. “El ingreso, permanencia y promoción de quienes estudien en la educación superior se regirá por los principios de equidad e inclusión, con especial atención a los grupos históricamente excluidos, excluyendo cualquier tipo de discriminación arbitraria. Los estudios de educación superior, conducentes a títulos y grados académicos iniciales, serán gratuitos en las instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley”, plantea la norma.
Junto con ello, también se define qué se entiende por sistema de educación superior y quiénes lo conforman: “El Sistema de Educación Superior estará conformado por las Universidades, Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica, escuelas de formación de las Fuerzas Armadas y Seguridad, además de las Academias creadas o reconocidas por el Estado. Estas instituciones se regirán por los principios de la educación y considerarán las necesidades locales, regionales y nacionales. Tendrán prohibida toda forma de lucro”.
Por último, otro inciso refuerza el concepto de educación pública estatal: “Las instituciones de educación superior del Estado forman parte del Sistema de Educación Pública y su financiamiento se sujetará a lo dispuesto por esta Constitución, debiendo garantizar el cumplimiento íntegro de sus funciones de docencia, investigación y colaboración con la sociedad”.
5- Educación ecológica y con enfoque de género
El medio ambiente y la perspectiva de género son dos elementos que cruzan transversalmente los diferentes capítulos de la propuesta de nueva Constitución. Y, en esa línea, en las normas sobre educación no están ausentes. Es así como el artículo 39 establece su función ecológica: “El Estado garantiza una educación ambiental que fortalezca la preservación, la conservación y los cuidados requeridos respecto al medioambiente y la naturaleza, y que permita formar conciencia ecológica”, afirma la norma.
Mientras que el artículo 40 establece el enfoque de género: “Toda persona tiene derecho a recibir una educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad sexoafectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género, y que prevenga la violencia de género y sexual”, afirma la norma.
https://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2022/07/jcr-content.jpg436840agenciad_colprofhttps://www.colegiodeprofesores.cl/wp-content/uploads/2021/03/logo_nuevo_2021a.pngagenciad_colprof2022-07-15 09:42:482022-07-15 09:42:48[UCHILE CONSTITUYENTE] «CLAVES CONSTITUYENTES: ¿QUÉ DICE SOBRE EDUCACIÓN LA PROPUESTA DE TEXTO CONSTITUCIONAL?»