La beca consiste en un aporte mensual en dinero para hijos (as) de docentes colegiados, que cursen estudios de Educación Superior (universitarios, profesionales o técnicos) y que, cumpliendo los requisitos de postulación, se les asigna la beca por el periodo de un año académico. Los Directorios Regionales fijarán cada año, el monto de asignación vigente para ese año, el que no podrá ser superior a 16 UF ni inferior a 10 UF anuales.
El Directorio Regional respectivo, fijará cada año un calendario de postulación, el que deberá ser ampliamente difundido por las vías institucionales a las diferentes filiales y establecimientos de su jurisdicción a afecto de que la totalidad de los colegiados puedan enterarse del beneficio, sus requisitos y plazos de postulación.

Solicitar requisitos y procedimientos a los Directorios Regionales respectivos.

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