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En todo el país comenzó el proceso de encasillamiento de los docentes y educadores que ingresarán a partir del próximo año, al Sistema de Desarrollo Profesional Docente.

Santiago, 4 de julio 2016.- El próximo 31 de julio comenzará el proceso de apelación y corrección del encasillamiento de los docentes que ingresarán al nuevo Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Ley 20.903), al tiempo que los que están próximos a jubilar podrán optar por el no ingreso a la carrera.

Más de 98 mil  docentes y educadores del sector municipal serán encasillados en el marco de la nueva ley, para su ingreso a la carrera docente que comenzará regir el próximo año. Este proceso estará a cargo del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) del Ministerio de Educación y no requiere del envío de documentación por parte de los docentes. Esta etapa terminará el 30 de julio, cuando el  CPEIP dicte una resolución que señale el tramo asignado a cada docente en base a los antecedentes que dispone el sistema y será publicada en www.politicanacionaldocente.cl

Recordemos que el encasillamiento, contemplado en la ley, es el proceso por el cual se define el tramo de desarrollo profesional que corresponde a cada docente o educador que ingrese a la carrera. La asignación de tramo considera los años de servicio, el resultado del portafolio de la evaluación docente y, si se tuviera, el resultado en la prueba de conocimientos disciplinarios para acceder a AVDI o AEP.

Para ingresar a la carrera docente se considerará los resultados de su última evaluación. En caso de que no haya sido evaluado, llamado tramo de acceso,  el docente o educador ingresará a un tramo transitorio y permanecerá en él hasta que viva su primer proceso de Reconocimiento Profesional.

El artículo transitorio Nº54 de la Ley  20.903, señala que “los profesionales de la Educación que durante el año 2015 rindan el proceso de evaluación establecido en el artículo 70 de decreto con fuerza de ley Nº1, de 1996, del Ministerio de Educación, para los efectos de esta evaluación podrán optar por utilizar los resultados obtenidos en este proceso de evaluación docente o en el inmediatamente anterior”.

Esto significa que  si un docente obtuvo nivel Básico en la evaluación 2015 y un resultado Competente en la evaluación inmediatamente anterior, se presume que opta por este último, quedando como resultado final 2015 el nivel Competente.

Para conocer la asignación de tramo, consulte el siguiente cuadro:

 

 

Más información en el siguiente link:

http://www.colegiodeprofesores.cl/images/pdf2016/analisisleysistemaprofesionaldocente24jun016.pdf

Departamento de Comunicaciones

COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.

 

 

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