BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE REAJUSTE PARA EL AÑO 2024. (LEY Nº 21.647)
Con relación al Bono de Incentivo al Retiro Voluntario para las y los profesionales de la Educación, la ley N° 21.647, en su artículo 36 N° 1, ha modificado el artículo 55 de la Ley 21.405, ampliando los plazos para postular a este beneficio.
1. Postulación para mayores de 70 años:
– Profesionales de la educación que al 1 de enero de 2024 tengan 70 o más años podrán postular al bono de incentivo al retiro voluntario (Ley N° 20.976) hasta el 31 de mayo de 2024, cumpliendo los demás requisitos establecidos.
– Si no postulan dentro del plazo o no hacen efectiva su renuncia voluntaria, se entenderá que renuncian irrevocablemente a estos beneficios.
2. Postulación extraordinaria (2024 y 2025):
– Profesionales de la educación de 60 o más años (mujeres) y 65 o más años (hombres) que sean enfermos terminales o padezcan un trastorno neurocognitivo mayor en fase terminal podrán postular al bono durante 2024 y 2025.
– La condición médica debe estar certificada por el médico tratante.
– Estos profesionales pueden postular en cualquier momento durante los años 2024 o 2025.
3. Ampliación de cupos:
– Se amplían los cupos a 3,000 para el año 2024.
– Para el año 2025, se establecen 3,800 cupos.
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