Propuesta de Reparación a la denominada «Deuda Histórica»
23 de octubre de 2024
I. Antecedentes
A través del presente documento, el Ministerio de Educación informa al Colegio de Profesoras y Profesores, y a través suyo, a las y los docentes afectados por la deuda histórica, el contenido de la propuesta de reparación presentada en la reunión conjunta sostenida el pasado 21 de octubre. De este modo, se avanza en el proceso que permitirá dar cumplimiento a un importante compromiso del programa de gobierno del Presidente Gabriel Boric, atendiendo a esta histórica demanda sostenida durante décadas por miles de docentes a lo largo de todo el país.
Desde el año 2022, el Ministerio de Educación ha trabajado en conjunto con el Colegio de Profesor s y Profesores, proceso que ha permitido avanzar coordinadamente en diversas materias, como la identificación de personas afectadas y la definición de los criterios generales de reparación. Asimismo, este trabajo ha sido clave para la presente propuesta de reparación presentada por el gobierno.
Esta propuesta implica un esfuerzo significativo de parte del gobierno para entregar una reparación que compense económica y simbólicamente a las y los docentes afectados, de una manera responsable, considerando el escenario económico del país. Es la primera vez en nuestra historia que el Estado propone una medida para reparar esta deuda con las y los docentes, y representa un hito histórico significativo, marcando un paso crucial en el compromiso asumido por el presidente Boric.
II. Propuesta de reparación
A continuación se presentan las características principales de la propuesta presentada por el gobierno:
• Universo: Se considerará una reparación para todos las y los docentes afectados vivos.
• Monto de reparación por persona: 4,5 millones de pesos por docente, reajustables por año.
• Plazo de pago: La reparación se pagará en 6 años, desde octubre de 2025 a enero de 2031.
• Forma de pago: El pago será progresivo, comenzando el año 2025 con las personas de mayor edad, avanzando por grupos de manera anual, continuando el criterio de cobertura desde los de mayor a los de menor edad. La entrega de esta reparación a cada grupo será en 2 cuotas iguales, siendo la primera cuota en octubre del año correspondiente a cada grupo, y la segunda cuota en enero del año siguiente (detalle en tabla *1).
• Transmisibilidad: El proyecto considera la transmisibilidad, para los casos de las y los beneficiarios que, teniendo la calidad de titulares de la reparación, fallezcan durante el período de pago que les corresponda.
• Incompatibilidad con otras acciones de reparación: La reparación propuesta no se hará extensiva a las personas que ya han recibido un pago asociado a esta afectación, por acción de tribunales nacionales o internacionales, o por alguna otra forma de pago. También será incompatible con otras instancias de reclamación en curso o futuras.
• Identificación de personas beneficiarias: El Ministerio de Educación ya cuenta con un listado de personas que fueron parte del proceso de traspaso de la educación escolar a la administración municipal, donde se encuentra una amplia mayoría de las personas afectadas1. El proyecto de ley indicará los requisitos que deben cumplir las personas que no se encuentran en esa nómina, para recibir la reparación.
Tabla 1: Detalle de distribución de reparación
*1 La web https://registrodocentestraspasados.mineduc.cl/ se permite a cada persona conocer si es parte de este listado.
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