Las elecciones del Colegio de Profesores 2019 que se realizarán el próximo 27 de noviembre presentan algunas novedades respecto a procesos anteriores producto del reciente cambio de estatutos. Entre las principales modificaciones aparecen los requisitos para las candidaturas, la cuota de género en la conformación de listas y el sistema de votación.
Respecto de la cuota de género, la nueva disposición reglamentaria fija en 60% y 40%, de tal modo, de asegurar la representación de ambos géneros en la inscripción de candidaturas. Esto implicará que si hay 5 cargos a elegir, 3 deben ser mujeres y 2 hombres o al revés 3 hombres y 2 mujeres.
Desde ahora cada elector podrá votar por la mitad más uno del total de cargos a elección, sistema conocido como voto múltiple. Si en el Directorio Nacional existen 9 cupos disponibles, cada profesor podrá votar desde 1 hasta por 5 preferencias de una lista. No podrá votar por candidatos de listas distintas, es decir, no existe la opción de voto cruzado en un mismo nivel. Si un Directorio elige 7 cargos se puede votar hasta por 4 candidatos. Si eligen 5 cargos se puede votar hasta por 3 candidatos. Finalmente, si se eligen 3 cargos se puede votar hasta por 2 candidatos.
Hay que precisar que los profesores podrán votar por una lista distinta en cada nivel si así lo estiman. A modo de ejemplo: si en el Directorio Nacional un docente votó por la lista B, perfectamente podrá votar en el nivel Regional por la lista C y en el nivel Comunal por la lista A.
En todos los niveles resultarán electos los candidatos que obtengan las primeras mayorías individuales según el número de cargos a elegir. Si en un Directorio Regional se elegirán 7 representantes, entonces, las 7 mayorías, independiente de lista a la que pertenezca, serán los candidatos electos para ese nivel.
Sobre los requisitos que deben cumplir los candidatos, el nuevo reglamento estableció los siguientes criterios:
– Los candidatos deben cumplir con antigüedad como afiliados al Magisterio:
1 año para nivel Comunal
2 años para nivel Territorial
3 años para nivel Regional
4 años para nivel Nacional
– Los candidatos deben estar con sus cotizaciones en el Colegio de Profesores al día al 31 de agosto y por consiguiente, aparecer en el Padrón electoral que valide el Comité Electoral Nacional (CEN).
– Los candidatos no pueden registrar lagunas en sus cotizaciones en el Colegio de Profesores, que puedan afectar la antigüedad exigida para el cargo.
– Los candidatos no pueden registrar deudas impagas con el Colegio de Profesores.
– Los candidatos no pueden tener más de dos períodos consecutivos en cargos del mismo nivel.
– En el caso del Directorio Nacional los candidatos deberán haber ejercido como directivo gremial en un nivel inferior.
Ante cualquier duda, los interesados podrán revisar la página oficial del gremio www.colegiodeprofesores.cl donde encontrarán el reglamento electoral vigente y las circulares oficiales que ha emitido el CEN en este proceso.
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